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El Sat estuvo en Tras el Fondo de Puebla
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25/May/10
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Invitan a ser donataria autorizada María Rivadeneyra, administradora de la normatividad de impuestos internos de Servicio de Administración Tributaria (SAT), explicó a las instituciones lo sencillo que es obtener la autorización para recibir donativos deducibles. “Son varios los beneficios que obtiene una institución, principalmente se le da un régimen tributario preferente en el que se consideran como no contribuyentes del impuesto sobre la renta (ISR)”. Explicó que al ser donatarias autorizadas pueden recibir donativos y emitir comprobantes para que sus donantes deduzcan una parte de la cantidad donada. Respecto a la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), se consideran exentas de este impuesto los ingresos que perciban las organizaciones que tienen el carácter de donatarias autorizadas. De igual manera, con la Ley de Impuesto de Depósitos en Efectivo (IDE). El trámite se realiza en las oficinas del SAT y la autoridad es quien dictamina que el objeto social de la institución se ubique dentro de los parámetros contemplados en la Ley del ISR. Se requiere la siguiente documentación: acta constitutiva que contenga los estatutos y un documento emitido por las autoridades correspondientes, dependiendo el rubro al cual se dedique la organización. “Lo que nos ocupa es que las organizaciones antes que promuevan esta solicitud se acerquen a SAT para que reciban asesoría, pues es necesario que conozcan el procedimiento y sea mucho más sencillo”. Actualmente hay 6 mil 800 organizaciones de todo el país con registro de donataria autorizada. Para mayores informes , los interesados deben visitar el portal www.sat.gob.mx
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